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Enseñanzas Profesionales

Reguladas por la Ley Orgánica 2/2006 de 3 de Mayo (BOE 4 de Mayo), El Real Decreto 1577/2006 de 22 de Diciembre (BOE 20 de Enero de 2007), el Decreto 111/2007 de 22 de Mayo (DOE 29 de Mayo)

Las Enseñanzas Profesional están organizadas en seis cursos.

CALIFICACIONES
Los resultados de la evaluación final, se expresarán mediante la escala numérica del 1 al 10 sin decimales.

PROMOCIÓN Y PERMANENCIA
La calificación negativa en tres o más asignaturas impedirá la promoción al curso siguiente.
Los alumnos que al término de 6º curso tuvieran pendientes de evaluación positiva tres asignaturas o más, deberán repetir el curso en su totalidad. Si es en una o dos, sólo realizarán las asignaturas pendientes.
El límite de permanencia en las enseñanzas profesionales será de ocho años, y el alumno no podrá permanecer más de dos años en el mismo curso, excepto en sexto curso.

TITULACIÓN
Los alumnos que hayan superado las enseñanzas profesionales obtendrán el título profesional de música, en el cual constará la especialidad cursada.

ASIGNATURAS Y TIEMPOS LECTIVOS